"se vende" casa con permiso de residencia por 500.000 euros


      La reciente  Ley de emprendedores en España prevé la posibilidad de otorgar el permiso de residencia a aquellos extranjeros que compren una vivienda de más de 500.000 euros, lamentablemente tendremos que esperar hasta el Real decreto o  a la modificación del Reglamento de extranjería,  para saber más al respecto, temas como que duración tendrá dicho permiso, si  se concederá también la autorización a los familiares del adquirente o sólo al titular, si al venderla perderá el derecho de residencia o cuanto tiempo deberá mantenerla son incógnitas no resueltas. Una duda importante  para muchos extranjeros que no residirán en España es si  se exigirá para su renovación,  la permanencia en España por más de 180 días al año , como ocurre con la autorización de estancia actual,  dado que esta circunstancia si bien puede dar lugar a la concesión inicial, puede dar lugar también a su pérdida si lo que se pretende es continuar residiendo en el país de origen, sin trasladarse a España .

 También podrán obtener la autorización de estancia aquellos extranjeros dispuestos a comprar deuda pública por importe superior a los 2 millones de euros , al tiempo que se facilitarán los permisos para trabajadores muy cualificados, y empresas inversoras que trasladen a su personal a España .

No obstante, la Ley de extranjería actual permite la obtención de una autorización de estancia ( sin trabajo) a aquellas personas que puedan demostrar que poseen medios económicos superiores a  2200 euros mensuales , más unos 500 euros más por cada familiar que le acompañe , sin necesidad de comprar ninguna casa .

No dudes en pedir tu cita al 91 561 47 22 si deseas más información sobre los requisitos para obtener tu residencia en España.
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Inmigrantes estafados por abogados y funcionarios

La Policía desarticula una organización  en Mallorca que inscribía parejas de hecho por conveniencia 

La Policía Nacional ha desarticulado una banda que  buscaba ciudadanos españoles interesados en cobrar por inscribirse  como parejas de hecho de extranjeros en situación irregular , que obtenían así el permiso de residencia.
Los integrantes de las supuestas parejas no se conocían previamente ni  tenían intención de convivir, y concretaban un plazo, normalmente inferior a un año  para proceder a la cancelación.

Entre los detenidos hay  ciudadanos españoles y extracomunitarios –nigerianos, senegaleses, pakistaníes e indios– que se habían inscrito como parejas de hecho o estaban en proceso de hacerlo.


Opinión de SENTENCIA , Bufete Jurídico Internacional:

Estos extranjeros estafados,  pese a obtener la tarjeta como familiar de ciudadano de la unión a priori, no hubieran podido mantenerlas de haber procedido a la extinción de su pareja  de hecho,y se hubieran visto obligados a obtener un permiso  de residencia como ciudadano extra comunitario y a probar medios económicos o posesión de contrato , entre otros requisitos, así como a realizar dicha modificación en el plazo de 6 meses desde el cese de dicha pareja.




Prisión provisional tras 5 años de presuntas estafas

El Juzgado de Instrucción 6 de Bilbao decretó el pasado 16 de mayo la prisión provisional de la abogada bilbaína Mari Carmen Formoso Gallego y el gestor Emilio González Rodríguez, medida que fue ratificada por el Juzgado de Instrucción 1 de Vitoria-Gasteiz el 20 de mayo.
Desde mediados de 2012, ante las dificultades de las personas extranjeras para regularizar su situación impuestas por la Ley de Extranjería y las interpretaciones restrictivas de Subdelegación de Gobierno en Araba, la abogada y el gestor habían comenzado a ofrecer sus servicios también Vitoria-Gasteiz. Para ello quedaban con las personas extranjeras en algunas cafeterías céntricas de la ciudad, especialmente en la calle Independencia y ofrecían un trabajo y gestionar el permiso de residencia a cambio de unos 2400 €.
El Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria-Gasteiz abrió Diligencias Previas 5581/2012 a finales de 2012 por presuntas estafas. Por auto de 20 de mayo de 2013 ratifica la prisión provisional acordada días antes por el Juzgado bilbaíno. Considera que el objetivo de la medida es evitar, atendiendo a los antecedentes penales y policiales y a la habitualidad de su conducta, que los imputados puedan volver a cometer hechos similares, así como que puedan ocultar, alterar o destruir las fuentes de prueba o influir en los demás imputados o testigos.


Opinión de SENTENCIA , Bufete Jurídico Internacional:

Lo cierto es que los ciudadanos extranjeros, deben tener  mucho cuidado con abogados y falsos abogados que ofrecen la obtención de permisos de trabajo sin cumplir con los requisitos, porque además de quedarse sin el permiso terminan quedándose también sin el dinero .


Los expedientes de nacionalidad española se resuelven



Los registradores han revisado gran parte de los expedientes de nacionalidad que les habían encomendado. El ritmo se acelera , pero no cesa la preocupación de los más de 120.000 personas que tienen todavía sin resolver y sin revisar  sus expedientes de nacionalidad. 

La buena noticia es que parece que por lo menos las juras que demoran hasta casi 1 año ,  irán más rápidas al hacerse en las notaría. Con los notarios y registradores de parabienes ( sin coste a los ciudadanos, pero sí para la administración) esperemos que por lo menos se vean resultados.



Nuevas Tasas..... para todo


El 22 de noviembre de 2012 entró en vigor la nueva Ley 10/ 2012  de Tasas, que afectaba a los pleitos civiles, Laborales y  Contencioso-Administrativos, curiosamente queda exenta de tasas la jurisdicción penal, que abarca un 70% de los asuntos que ingresan en los Tribunales, si bien no se aplicarán a todos los procedimientos.
Las tasas se componen de una cantidad fija y otra variable. La fija oscila entre los 100 euros que cuesta un procedimiento monitorio (una reclamación a un vecino moroso) a los 1.200 de un recurso de casación ante la Sala de lo Civil o de lo Contencioso del Tribunal Supremo. La variable supone entre un 0,25 y un 0,5 por ciento de la cuantía procesal.

Los beneficiarios de justicia gratuita no deberán pagar tasas, y aunque la Ley de justicia gratuita se pretende modificar en breve , actualmente pueden acceder a ella los que ganen menos del doble del salario mínimo interprofesional  por unidad familiar.

Tras la avalancha de críticas surgidas desde todos los sectores afectados , el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la reforma  de la misma reduciendo en un 80 por ciento el tramo variable de las tarifas para las personas físicas y adelanta la aplicación del Anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita para eximir de las mismas a colectivos como mujeres maltratadas, víctimas del terrorismo, menores desprotegidos o discapacitados.


Reforma sanitaria afecta a extranjeros

La reforma sanitaria y los recortes puestos en marcha  han supuesto la retirada de las tarjetas sanitarias a los inmigrantes irregulares , que sólo tendrán derecho a urgencias, maternidad y atención infantil hasta los 18 años, si bien sanidad  continuará con los  tratamientos de enfermos graves o crónicos, facturandolo al país de origen si existe convenio con dicho país , caso contrario , solo en casos en que la vida corra peligro,se atenderá al paciente extranjero irregular.
Existirá una póliza para cobertura sanitaria con importe de 59,20 euros al mes para pacientes con edad inferior a los 65 años y por importe de 155,40 para los mayores de dicha edad que podrán contratar los inmigrantes sin derecho a asistencia.

Las comunidades autónomas tienen diferentes criterios de aplicación , habiendo anunciado algunas como  Andalucía, Galicia , Cataluña, Pais Vasco , Asturias, Canarias , Castilla Leon  y  Navarra que seguirán prestando asistencia algunas de ellas  sin restricciones y otras con  algunas condiciones.

Mientras tanto, algunos profesionales sanitarios se han manifestado en contra de dichas medidas y anuncian seguir prestando asistencia con independencia de los recursos o nacionalidad de las personas.

Devolución de Subsidios y prestaciones

Miles de Inmigrantes están siendo condenados por la Administración a la devolución de los subsidios , ayudas y prestaciones , por no haber notificado ausencias superiores a 15 días del territorio español. En efecto, la Ley obliga al ciudadano que perciba prestaciones y que pretenda ausentarse de España por periodo superior a 15 días, a notificar la ausencia, para que en su caso, se suspendan dichas prestaciones, al no hacerlo , la percepción de las mismas se considera indebidas, pudiendo la Administración reclamarlas. Dichas reclamaciones no sólo se están produciendo por el tiempo que han cobrado estando fuera del país, sino desde el inicio de la prestación , lo que obliga a devolver miles de euros, que ya han sido gastados, produciéndose el embargo de cuentas, nóminas y demás. Así mismo,también se están produciendo revisiones de los subsidios concedidos, reclamando la devolución de los mismos por la falta de cumplimiento de los requisitos con independencia de que haya sido la propia administración la que los hubiera concedido. Muchos clientes se acercan a SENTENCIA manifestando que ellos entregaron toda la documentación que la Administración les requirió sin falseamiento u ocultación de ningún dato , y que ésta les concedió dicha prestación, considerando injusto que el error en la concesión por parte de la Administración, les suponga ahora tener que devolver todo junto y con intereses , el poco dinero que les habían otorgado. Lo cierto es que tras la entrada en vigor de la Ley 66/1997 de 30-diciembre, que añadió el párrafo tercero del art. 45 LGSS, las personas que hayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad Social vendrán obligadas a reintegrar su importe. Para evitar consecuencias no deseadas, acuda siempre al profesional. en SENTENCIA Bufete Jurídico Internacional, contamos con un equipo de especialistas en el Área Laboral, que le asesoraran de forma eficaz en la defensa de sus derechos.

Empleadas de Hogar



El 1 de enero de 2012 ha entrado en vigor una nueva regulación para empleadas de hogar que las integra en el Régimen General de la seguridad social, correspondiendo al empleador su alta, aún en el caso de que la empleada trabaje para distintos hogares y por horas.

            Así mismo, las cotizaciones dejan de ser una cuota fija, para pasar a determinarse con arreglo a una escala , en función de la retribución percibida.

            Tanto los empleadores como empleadas del hogar dispondrán  hasta el 30 DE JUNIO DE 2012 , para efectuar la comunicación respectiva a la Tesorería de la Seguridad Social, de no hacerlo en el plazo indicado, los empleadores con personal exclusivo empezarán a cotizar por los máximos de la escala, mientras que los empleados que tienen varios empleadores quedarán fuera del sistema y serán dados de baja.
 Conscientes de la complejidad de la nueva regulación, que impone a los empleadores contratos por escrito, comunicación a la seguridad social  del régimen de pernoctas, tiempos de presencia a disposición del empleador, y fija las jornadas, vacaciones , indemnizaciones por despido y demás circunstancias, nos encontramos a vuestra entera disposición para ofreceros un servicio completo a un precio muy competitivo que incluye:

1.-Guia informativa ,consulta y asesoramiento.

2.-Redacción de contrato y nómina personalizado con las condiciones laborales.

3.-Alta y en su caso, comunicación a la seguridad social .

Dicho servicio puede ser utilizado tanto por empleadores como empleados.



El empleado de hogar debe ser dado de alta por cada empleador con el que trabaje. El empleador deberá acercarse  a la Tesorería de la Seguridad Social , y  darse de alta en el sistema si no lo estuviera ( TA6) ,   e inscribir al empleado en la seguridad social  TA.2/S - 0138.


En éste último formulario ,  se incluyen los datos del empleado, del empleador, el tipo de contrato y las horas semanales así como el salario mensual. En función de estos datos  se calcula la cuota que se debe pagar a la seguridad social .

La cotización para el año 2012  es del 22% de la base de cotización (18,3% a cargo del empleador y el 3,7% por ciento a cargo del empleado). con un descuento del 20% en los años 2012,2013 y 2014.