Empleadas de Hogar



El 1 de enero de 2012 ha entrado en vigor una nueva regulación para empleadas de hogar que las integra en el Régimen General de la seguridad social, correspondiendo al empleador su alta, aún en el caso de que la empleada trabaje para distintos hogares y por horas.

            Así mismo, las cotizaciones dejan de ser una cuota fija, para pasar a determinarse con arreglo a una escala , en función de la retribución percibida.

            Tanto los empleadores como empleadas del hogar dispondrán  hasta el 30 DE JUNIO DE 2012 , para efectuar la comunicación respectiva a la Tesorería de la Seguridad Social, de no hacerlo en el plazo indicado, los empleadores con personal exclusivo empezarán a cotizar por los máximos de la escala, mientras que los empleados que tienen varios empleadores quedarán fuera del sistema y serán dados de baja.
 Conscientes de la complejidad de la nueva regulación, que impone a los empleadores contratos por escrito, comunicación a la seguridad social  del régimen de pernoctas, tiempos de presencia a disposición del empleador, y fija las jornadas, vacaciones , indemnizaciones por despido y demás circunstancias, nos encontramos a vuestra entera disposición para ofreceros un servicio completo a un precio muy competitivo que incluye:

1.-Guia informativa ,consulta y asesoramiento.

2.-Redacción de contrato y nómina personalizado con las condiciones laborales.

3.-Alta y en su caso, comunicación a la seguridad social .

Dicho servicio puede ser utilizado tanto por empleadores como empleados.



El empleado de hogar debe ser dado de alta por cada empleador con el que trabaje. El empleador deberá acercarse  a la Tesorería de la Seguridad Social , y  darse de alta en el sistema si no lo estuviera ( TA6) ,   e inscribir al empleado en la seguridad social  TA.2/S - 0138.


En éste último formulario ,  se incluyen los datos del empleado, del empleador, el tipo de contrato y las horas semanales así como el salario mensual. En función de estos datos  se calcula la cuota que se debe pagar a la seguridad social .

La cotización para el año 2012  es del 22% de la base de cotización (18,3% a cargo del empleador y el 3,7% por ciento a cargo del empleado). con un descuento del 20% en los años 2012,2013 y 2014.